Documentación oficial · Junngla SpA

FLUX en una página

FLUX adelanta a comercios chilenos el valor presente de sus ventas con tarjeta en cuotas, mediante operaciones de crédito de dinero bajo la Ley N° 18.010. El comercio gana liquidez hoy; FLUX gana margen sobre crédito de plazo corto.

Qué hace

Cuando un comercio vende en cuotas con tarjeta de crédito, el adquirente le liquida una cuota por mes durante todo el plazo. FLUX desembolsa hoy el valor presente de esas cuotas (con un margen sobre la tasa) y recupera el capital a medida que las cuotas originales vencen y se liquidan. FLUX se interpone únicamente en el flujo Adquirente → Comercio: no toca el flujo Emisor → Tarjetahabiente y, por tanto, no asume el riesgo crediticio del consumidor final.

Rotación
3,4x/año

Plazo promedio del adelanto ~3,5 meses; capital reciclado en uso continuo.

Costo de fondo
8,04% TNA

0,67% mensual sobre saldo efectivamente desplegado.

Margen / operación
$10–22K

Según canal de recaudación, sobre capital ~$1,89M.

Garantías
4 capas

Pagaré ejecutivo, mandato irrevocable, avales y cascada de cobranza.

Por qué es defendible

  • Riesgo del consumidor fuera del perímetro. En el modelo de cuatro partes (M4P, Resolución TDLC N° 86/2025) el riesgo crediticio del tarjetahabiente recae en el Emisor, no en FLUX.
  • Financista independiente y multi-adquirente. Atiende a cualquier comercio regulado por la CMF. La sentencia CS Rol 56.773-2024, que prohíbe a Transbank operar este negocio, refuerza la posición del financista independiente.
  • Estructura legal consolidada. Crédito de dinero bajo Ley 18.010, Pagarés bajo Ley 18.092 y cesión de derechos económicos bajo el art. 1.902 del Código Civil. Fuera de la Ley Fintec (N° 21.521).
  • Disciplina de cartera. El MEL se recalibra cada 30 días e incorpora la frecuencia de eventos negativos; la cobranza opera en cascada de cuatro niveles respaldada por el Fondo de Mora.

Mapa de la documentación

01 · General

¿Qué es FLUX?

Un producto de financiamiento directo para comercios chilenos que aceptan tarjetas de crédito: convierte ventas en cuotas futuras en capital de trabajo inmediato.

FLUX estructura cada adelanto como una operación de crédito de dinero bajo la Ley N° 18.010, donde FLUX actúa como acreedor directo del comercio. La cesión de los derechos económicos sobre las cuotas opera bajo el artículo 1.902 del Código Civil, y los Pagarés se rigen por la Ley N° 18.092.

Los cuatro actores del flujo

ActorRol en el flujo
ComercioVende en cuotas con tarjeta de crédito.
AdquirenteProcesa la venta y liquida una cuota por mes al comercio.
EmisorBanco del tarjetahabiente; asume el riesgo crediticio del consumidor.
FLUXAdelanta al comercio el valor presente de las cuotas futuras.
Lectura clave. FLUX se interpone en el flujo Adquirente → Comercio. No toca el flujo Emisor → Tarjetahabiente. Por eso no asume el riesgo crediticio del consumidor final, que estructuralmente recae sobre el Emisor en el modelo de cuatro partes (M4P) consagrado por la Resolución TDLC N° 86/2025.

Cuotas Comercio vs. Cuotas Emisor

TipoQuién financia al consumidorQuién soporta las cuotas al comercioFLUX
Cuotas EmisorBanco emisor, con interés al tarjetahabienteEl emisor adelanta al comercioNo opera
Cuotas ComercioNadie · el comercio difiere su cobroAdquirente liquida 1 cuota/mesOpera

No compiten: son productos distintos. En cuotas emisor el comercio cobra el 100% de inmediato (menos MDR) y el banco cobra interés al tarjetahabiente. En cuotas comercio el propio comercio difiere su cobro mes a mes; FLUX adelanta exactamente ese flujo fraccionado, sin tocar el negocio del banco.

La propuesta de valor en una línea

Para una venta de $1.200.000 en seis cuotas, el comercio recibe $200.000 cada mes durante seis meses, no el total al momento de la venta. FLUX desembolsa hoy el valor presente de esas cuotas y recupera el capital a medida que vencen. El comercio gana liquidez; FLUX gana margen sobre crédito de plazo corto.

El problema del comercio chileno

El sistema chileno de tarjetas de crédito está diseñado para proteger al consumidor, no al comercio. Esa asimetría es la oportunidad de mercado de FLUX. El pago en cuotas deja al comercio sin liquidez para reponer inventario, pagar proveedores en mejores condiciones, atender personal o aprovechar oportunidades comerciales.

Por qué el crédito tradicional no lo resuelve

  • Líneas bancarias. Garantías reales, papeleo, plazos largos de aprobación y tasas que castigan al segmento PYME.
  • Factoring tradicional. Opera sobre facturas comerciales B2B, no sobre cuotas de tarjeta (activo subyacente distinto).
  • Anticipo del adquirente. Solo cubre comercios de ese adquirente y típicamente no financia el 100% del flujo.
  • Avances en cuenta corriente. Tasas altas, sin relación con el flujo transaccional real del comercio.

Tamaño del mercado

Pagos con tarjeta 2023
USD 31,6 MM M

Con proyección hacia USD 42 mil millones (paymentscmi, ABIF).

Tarjetas bancarias
42 M+

En circulación a 2025; transacciones por comercio +7,53% vs 2024.

Crédito del monto transado
~15,5%

(CMF) y una porción significativa se vende en cuotas comercio.

Tendencia estructural. 382 pagos con tarjetas y transferencias por persona en 2025 (Fintec Chile). La capacidad de procesamiento crece más rápido que la liquidez que el sistema entrega al comercio. Esa brecha es estable y direccionable. La penetración del adelanto de cuotas en PYME sigue baja.

Posicionamiento competitivo

ActorModeloLimitación principal
Transbank (histórico)Adelanto desde el propio adquirenteProhibido por sentencia CS Rol 56.773-2024 (nov 2025) por exceder su giro como SAG.
KlapAnticipo dentro del producto adquirenteSolo comercios procesados por Klap; cobertura acotada al portafolio propio.
Getnet, Mercado Pago, SumUpAnticipo integrado al adquirenteMono-adquirente: el comercio no puede financiar cuotas de otros procesadores.
Factoring tradicionalCesión de facturas B2BNo opera sobre cuotas de tarjeta.
Bancos · líneas PYMECrédito tradicional con garantíasAprobación de semanas, garantías reales, foco en comercios grandes.

La diferenciación de FLUX

FLUX opera como financista independiente del adquirente, atendiendo al comercio que procesa con cualquier adquirente regulado por la CMF. Donde los anticipos integrados no financian el 100% del flujo, FLUX puede operar como financista complementario sobre la fracción no cubierta, sin desplazar al adquirente.

Integraciones. Actualmente integrado con Transbank. En proceso: Getnet, BCI Pagos, Klap y CompraAquí. Bancos compatibles para PAC: BancoEstado, Banco de Chile, BCI, Santander, Itaú, Scotiabank, Falabella y Security.
02 · Operación

Cómo se gestiona una operación

El ciclo completo de un adelanto: desde el onboarding y el MEL hasta la recaudación en cascada, los eventos negativos y el Fondo de Mora.

1 · Onboarding del comercio

Credenciales SII y adquirente

El comercio autoriza el acceso automatizado a su F29 (códigos 111 y 503) y a la data transaccional del adquirente. Todo se tokeniza; nada se almacena en texto plano (Leyes 19.628 y 21.719).

Mandato PAC con firma electrónica avanzada

Suscrito bajo la Ley N° 19.799 durante el onboarding. Es condición de activación del MEL.

Tarjeta enrolada (PAT)

Respaldo para el ciclo subsidiario Lups Dunning en caso de falla de los mecanismos primarios.

Pagaré por operación

Cada incremento del MEL requiere un nuevo Pagaré (Ley N° 18.092) que refleja exclusivamente el capital efectivamente desembolsado.

2 · MEL · Límite Máximo de Exposición

El MEL es el saldo vivo máximo de crédito que FLUX mantiene sobre cada comercio. No es una línea rotativa de libre disposición. Se recalcula automáticamente cada 30 días.

Variables del algoritmo

  • F29 · Código 111 (Boletas). Liquidez B2C verificada · fuente principal.
  • F29 · Código 503 (Facturas). Ponderado a la baja si presenta volatilidad · fuente secundaria.
  • Ventas con tarjeta. Vía API del adquirente se levantan típicamente 12–24 meses de historial · fuente complementaria.
  • Factor de Continuidad Operativa. Reserva mínima del 20% del margen del comercio para preservar su viabilidad (TyC cláusulas 5.3/5.4).
  • Frecuencia histórica de eventos negativos. Devoluciones, contracargos, anulaciones y fraudes: comportamiento recurrente → MEL a la baja, hasta cero.
Causales taxativas de reducción o suspensión del MEL. (i) ausencia de abonos por 5+ días hábiles sin justificar; (ii) falla reiterada del PAC; (iii) desvío de flujo verificado por el SVF; (iv) orden judicial o administrativa firme; (v) patrón recurrente de eventos negativos. No se admiten causales discrecionales. El comercio puede impugnar dentro de 5 días hábiles.

3 · Desembolso

La cuota 1 llega del adquirente y se traspasa sin comisión; las cuotas restantes se adelantan descontadas a tasa diaria por los días de adelanto, netas de IVA de la comisión e impuesto de timbres. El detalle celda a celda del cálculo está en Modelo de negocio. La TMC se verifica automáticamente antes de cada desembolso.

4 · Recaudación · cascada de cuatro niveles

Cada nivel se activa solo cuando el anterior no resulta operativo (Cláusula 5.4 del TyC). Los niveles 1 y 2 son automáticos y sin costo para el comercio.

Primario · sin costo

Derivación del adquirente

El adquirente liquida las cuotas adelantadas directamente a la cuenta de recaudación de FLUX, en cumplimiento del mandato mercantil. Cubre hasta el 50% del abono diario de ventas, en armonía con el Factor de Continuidad Operativa. El comercio no toca el flujo.

Primario alternativo · sin costo

PAC bancario

Cargo automático en la cuenta corriente cuando no hay adquirente integrado. Dos reintentos automáticos antes de escalar. Revocar el PAC ante el banco sin acuerdo escrito con FLUX constituye incumplimiento contractual grave.

Subsidiario · 3% + IVA

Ciclo Lups Dunning

Cargo a la tarjeta enrolada (PAT) ante falla acreditada de los mecanismos primarios. Naturaleza de cobranza extrajudicial (art. 19 Ley 18.010); no integra la TMC. Cargos parciales sucesivos según el orden de imputación del art. 1.595 del Código Civil.

Última instancia

Ejecución judicial del Pagaré

Título ejecutivo (art. 434 N°4 CPC). La deuda exigible comprende: capital insoluto + intereses penales a TMC, multa compensatoria del 10%, gastos de cobranza acreditados y costas. Responsabilidad solidaria de avales (art. 1.511 CC).

5 · SVF · Sistema de Verificación de Flujo

Se activa ante ausencia de abonos por 5+ días hábiles consecutivos sin causa justificada, o desde la tercera falla consecutiva del PAC en 30 días corridos.

Notificación · 24 horas

FLUX notifica al comercio por el canal oficial.

Subsanación · 48 horas

El comercio justifica (cierre temporal, falla del adquirente, fuerza mayor) o regulariza. FLUX puede suspender preventivamente el MEL sin que implique vencimiento anticipado.

Escalamiento

Solo si el plazo transcurre sin respuesta suficiente y se verifica desvío de flujo: vencimiento anticipado y ciclo subsidiario.

Defensa frente al desvío de flujo. La ausencia de abonos por sí sola no constituye presunción de conducta dolosa. La verificación objetiva del desvío requiere elementos adicionales. Esto previene activaciones erráticas del vencimiento anticipado que podrían generar contingencias judiciales.

6 · Eventos negativos

Principio rector: el deudor sigue siendo el comercio. Ante una devolución, contracargo, anulación o fraude que afecte una cuota ya adelantada, el comercio mantiene la obligación íntegra de pago. En ningún caso se devuelven comisiones ganadas por un adelantamiento ya cursado.

FiguraQuién la gatillaPlazo típicoCamino de cobro
Devolución comercialComercio acepta devolver al cliente30–90 díasCascada (a) o adelantamiento (b)
ContracargoTarjetahabiente reclama al emisor60–120 díasCascada (a) o adelantamiento (b)
AnulaciónComercio cancela antes de liquidaciónT+0 a T+1MEL captura el ajuste · impacto mínimo
Fraude tarjetaEmisor revierte por uso no autorizadoHasta 540 días (Visa)Cascada (a) o adelantamiento (b)
  • a · Mantener el crédito y el flujo de pago. El comercio resuelve el evento con los mecanismos ordinarios de la cascada, sin interrumpir la relación.
  • b · Adelantar las cuotas restantes y extinguir la operación. Coherente con la naturaleza del producto: adelantamiento de cuotas predefinidas, no prepago de capital.

Referencias de industria: Visa Chargeback Monitoring alerta sobre 0,9% y "Excessive" sobre 1,8%; Mastercard sobre 1,5%. Tasa media en Chile: 0,15–0,30% de transacciones.

7 · Fondo de Mora · cobertura escalonada

Capa de cobertura interna que absorbe pérdidas por castigo antes del capital del inversionista. Se modula según la participación del adquirente en el riesgo (Cláusula 5.7 del Convenio Marco).

Adquirente a todo evento
0%

El adquirente asume el riesgo crediticio operativo completo.

Riesgo compartido
5%

El adquirente comparte el riesgo en proporción del Revenue Share.

FLUX standalone
7,5%

Sin participación del adquirente; FLUX provisiona sobre el MO.

Una operación se considera castigada a los 180 días corridos desde el último pago efectivo. Al castigo se imputa al Fondo el capital pendiente más intereses devengados (sin exceder la TMC). Los gastos de cobranza extrajudicial no se imputan: son recuperables de forma independiente. El porcentaje se ajusta a la mora real observada en ventana móvil de 12 meses.

Prelación clave. Si el saldo del Fondo resulta negativo, la totalidad del Margen Operacional Bruto se destina al Fondo hasta volver a cero, antes de reanudar el pago al partner. Los recuperos posteriores al castigo se acreditan íntegramente al Fondo. En condiciones normales, el Fondo de Mora no afecta el costo de fondo ni el retorno de capital al fondo prestamista.
03 · Marco regulatorio

Marco legal y normativo

El blindaje jurídico que protege la cartera: naturaleza del crédito, puntos clave del contrato, derechos del comercio y el marco normativo completo. Estructura revisada por Marinovic & Alcalde Abogados (TyC v30.2, mayo 2026).

Diez puntos clave del contrato

Naturaleza jurídica del crédito

Operaciones de crédito de dinero bajo la Ley N° 18.010. FLUX es acreedor directo, no intermediario de pagos ni proveedor bajo la Ley N° 21.521 (Fintec). Excluido del régimen de licenciamiento Fintec.

Adelantamiento, no prepago

El TyC 8.1 caracteriza el producto como Revenue-Based Financing. El comercio adelanta pagos de cuotas ya definidas; no opera el régimen de prepago (art. 10 Ley 18.010). No hay riesgo de pérdida de rendimiento por prepagos masivos.

Mandato mercantil irrevocable

Mandato especial, irrevocable y remunerado (arts. 233 y ss. del Código de Comercio). Irrevocabilidad fundada en el interés propio del mandatario como acreedor (art. 241). Solo se revoca por acuerdo escrito o resolución judicial firme.

Pagaré por operación · título ejecutivo

Cada incremento del MEL requiere un nuevo Pagaré (Ley 18.092), título ejecutivo (art. 434 N°4 CPC): ejecución directa sin juicio declarativo previo.

Responsabilidad solidaria

Vincula solidariamente a la empresa titular y a sus avales y codeudores (art. 1.511 CC), limitada al monto del Pagaré suscrito.

TMC · verificación previa

Verificación automática antes del perfeccionamiento de cada operación. En caso de exceso, se ajusta antes del desembolso (art. 8° Ley 18.010 y art. 472 Código Penal).

Acceso a información tributaria y transaccional

Acceso autorizado al SII (F29 códigos 111/503) y al adquirente mediante tokenización; texto plano nunca almacenado. Leyes 19.628 y 21.719. La revocación suspende el MEL sin afectar obligaciones vigentes.

Factor de Continuidad Operativa

Reserva mínima del 20% del margen operativo libre del comercio en cada liquidación, para preservar su viabilidad.

Vencimiento anticipado y multa

Verificado el desvío de flujo o agotada la cascada: pago inmediato del saldo insoluto, intereses penales a TMC, multa compensatoria del 10% y acciones ejecutivas con costas.

Jurisdicción y canal

Tribunales Ordinarios de Santiago. Canal oficial único: hola@flux.cl. Respuesta en 5 días hábiles. Si no llega un abono, el comercio tiene 24 horas para avisar.

Derechos del comercio · calidad regulatoria

El contrato establece plazos taxativos de notificación, oportunidad de subsanación antes de medidas gravosas, causales limitadas de suspensión del MEL, canal oficial único y jurisdicción definida. Esta disciplina reduce el riesgo reputacional, baja el riesgo de litigios por contratos abusivos bajo la Ley N° 19.496 y eleva la probabilidad de que la ejecución del Pagaré se desarrolle sin oposiciones procedentes.

Leyes

NormaMateria y rol en FLUX
Ley 18.010Operaciones de crédito de dinero: marco general; TMC (art. 6°), incumplimiento (art. 8°), cobranza extrajudicial (art. 19).
Ley 18.092Letras de cambio y Pagarés: suscripción, transferencia y ejecutividad.
Ley 18.045Mercado de Valores: controlador y grupo empresarial (arts. 97 y 100).
Ley 18.046Sociedades Anónimas: grupo empresarial y partes relacionadas.
Ley 19.496Protección al consumidor: contrato de adhesión; consentimiento electrónico (art. 12 bis).
Ley 19.628Protección de la vida privada: tratamiento de datos bajo consentimiento.
Ley 19.799Firma electrónica avanzada del mandato PAC y del contrato.
Ley 21.521 (Fintec)NO aplicable: FLUX opera como acreedor directo bajo Ley 18.010, sin servicios financieros tipificados.
Ley 21.719Protección de datos personales, complementaria a la 19.628.
DL 3.475Impuesto de Timbres y Estampillas: FLUX agente retenedor (art. 78 Código Tributario).

Códigos y normativa CMF

  • Código Civil. Art. 1.511 (solidaridad), 1.595 (imputación del pago), 1.901–1.902 (cesión de créditos y derechos económicos).
  • Código de Comercio. Arts. 233 y ss. (mandato mercantil), 241 (irrevocabilidad), 822 (conservación de documentación).
  • Código de Procedimiento Civil. Art. 434 N°4 (Pagaré como título ejecutivo).
  • Código Penal. Art. 472 (exceso de TMC).
  • NCG N° 498 / 502 / 541 (CMF). Actividades de SAG; servicios financieros tecnológicos; PSP y subadquirentes.

Jurisprudencia relevante

CS Rol 56.773-2024 · 4 nov 2025

Confirmó la prohibición a Transbank de adelantar cuotas por exceder su giro como SAG. Refuerza al financista independiente.

Resolución TDLC N° 86/2025

Aprobó el sistema tarifario M4P. Consagra el riesgo crediticio del consumidor en el Emisor.

04 · Q&A

Preguntas del financista

Respuestas directas sobre modelo, cartera, datos, cobranza, marco normativo y retorno. Documento de respaldo · junio 2026.

1 · Modelo de negocio y participación

¿El modelo es financista o marca blanca?

Hoy el modelo disponible es financista puro: FLUX origina, evalúa riesgo y gestiona al comercio; el socio financia comprando los Pagarés o aportando capital. La marca blanca es técnicamente posible pero no está implementada: requiere rediseñar los documentos de cara al comercio.

¿Se comparten los ingresos por planes? ¿Pueden ir en UF?

Los planes hoy son ingreso de FLUX y no se comparten; el financista gana vía spread sobre el capital colocado.

Cuotas comercio vs. cuotas con interés del emisor: ¿compiten?

No compiten: son productos distintos. Las cuotas emisor las financia el banco (el comercio cobra el 100% de inmediato menos MDR). Las cuotas comercio las financia el propio comercio, que cobra fraccionado mes a mes; FLUX adelanta exactamente ese flujo, sin tocar el negocio del banco.

2 · Cartera, política de crédito y MEL

¿Se puede segmentar la cartera a financiar?

Sí. El MEL ya considera ventas históricas, repago, devoluciones y chargebacks. Se puede armar una política de crédito conjunta que filtre por rubro, volumen mínimo, antigüedad con el adquirente o cualquier variable.

El MEL, ¿se define por comercio o por inversionista?

Por comercio ya es individual por diseño. A nivel de cartera se puede pactar un techo de concentración (por ejemplo, que ningún comercio supere X% del capital comprometido). Eso va en el convenio.

¿Cómo se observa la frecuencia de eventos negativos?

Con el historial interno de FLUX (días de mora, fallos de PAC, variabilidad de flujo) y el dato del adquirente (devoluciones y chargebacks sobre ventas). Se puede generar reportería de cartera con esas métricas para el financista.

3 · Datos, integración y consentimiento

Integración por API: ¿accede a data histórica?

Sí: típicamente 12–24 meses de historial transaccional, desagregado por día y por cuotas. Es el insumo principal para el MEL y para proyectar el repago.

Conexión SII / F29: ¿cómo se maneja el consentimiento?

El comercio entrega sus credenciales SII en el onboarding y todo se tokeniza — nada en texto plano. El consentimiento está en los TyC (Cláusula 4). El comercio puede revocar cuando quiera: eso suspende el MEL, pero no afecta las obligaciones vigentes.

4 · Mecánica de cobro y reservas

Recaudación directa: ¿qué es?

El mecanismo de cobro de primer orden: el adquirente retiene directamente de la liquidación diaria lo que corresponde y lo entera a FLUX antes de que el dinero llegue al comercio. Cap de 50% del abono diario. Sin convenio, se activa la cascada: PAC → Lups Dunning → ejecución del Pagaré.

Reserva del 20% del margen: ¿qué es?

El Factor de Continuidad Operativa — no es el MDR. FLUX reserva al menos un 20% del margen operativo libre del comercio en cada liquidación. Política de riesgo propia.

5 · Marco normativo y contractual

La participación del adquirente en el margen, ¿es correcta normativamente?

Con adquirentes NCG 541 (Getnet, Klap, etc.), sí: el revenue share sobre margen operacional es válido porque no son SAG. Con Transbank es distinto — la Corte Suprema prohibió que perciba revenue share atado al crédito; por eso existe la arquitectura de tres pilares.

6 · Términos económicos y retorno

La TAN, ¿es la propuesta inicial y se puede elevar?

Es el número de pizarra que resulta de la tasa mensual al comercio sobre el ticket y período observados. El retorno efectivo del financista depende del spread neto tras descontar el margen de FLUX, la mora y los costos. Se ajusta según el perfil de riesgo de la cartera.

Gastos de cobranza por mora: ¿quién los retiene?

FLUX. Son ingresos por cobranza extrajudicial (art. 19 Ley 18.010), excluidos del cómputo de la TMC. No forman parte del spread compartido: cubren el costo del ciclo de recuperación.

El Fondo de Mora, ¿de quién es?

De FLUX, salvo que el adquirente o el financista hayan aportado capital y se pacte lo contrario. En el modelo con AGF, típicamente FLUX suscribe la serie subordinada (primera pérdida) y el financista la senior; en ese caso el fondo pertenece al fondo de inversión según su reglamento.

05 · Contrato adquirente

Convenio Marco Junngla × Partner v1.3

Cómo los adquirentes, subadquirentes, procesadores y partners de distribución participan del margen a cambio de responsabilidades operativas.

Naturaleza de la relación

Las partes son y permanecen como sociedades independientes: el Convenio no constituye sociedad, joint venture, agencia ni franquicia. En todas las operaciones, Junngla actúa como acreedor directo del comercio; el partner no es parte del Pagaré ni adquiere derechos sobre él, y no asume el riesgo crediticio del comercio salvo que active expresamente la responsabilidad N° 2 del Catálogo.

Validez normativa. Con adquirentes regidos por la NCG 541 (Getnet, Klap, etc.), el revenue share sobre margen operacional es válido porque no son SAG. Con Transbank se requiere una arquitectura específica de tres pilares (CS Rol 56.773-2024). La participación del partner no implica, por sí sola, prestación de servicios financieros fiscalizados por la CMF ni calidad de prestador bajo la Ley Fintec.

Catálogo modular de responsabilidades

FLUX siempre conserva la operación tecnológica (responsabilidad N° 1, fija e indelegable) más un margen estratégico no delegable. El partner asume voluntariamente combinaciones del resto:

#ResponsabilidadTipo% margenDesc. tasa
1Operación FLUX (tecnología, soporte y margen)Fija FLUX+40%
Margen estratégico no delegableFija FLUX+20%
2Riesgo crediticio del comercioAporte+8%−12 bps
3aAcceso a base de comercios (lead source)Aporte+3%−4 bps
3bDistribución activa (equipo comercial)Aporte+5%−7 bps
3cOnboarding y soporte de primer nivelAporte+4%−6 bps
4Integración API (información en línea)Aporte+5%−7 bps
5Recaudación directa (derivación de liquidaciones)Aporte+15%−22 bps
6aMarca co-brand (Powered by FLUX)Cargo−3%
6bMarca silenciosa (FLUX invisible al comercio)Cargo−8%

6a y 6b son mutuamente excluyentes; la marca silenciosa requiere validación regulatoria adicional. La suma máxima de aportes del partner es 40 puntos sobre el Margen Operacional (descuento máximo combinado de 58 bps sobre la tasa). Cierre estructural: FLUX 40% fijo + 20% estratégico + Partner hasta 40% = 100%.

Revenue Share

% Revenue Share Partner = Σ (% responsabilidades asumidas) − Σ (% cargos de marca)

Base de cálculo: Margen Operacional Neto = MO Bruto − aporte mensual al Fondo de Mora. El MO Bruto por adelanto es el ingreso bruto (cuotas valorizadas a la tasa pactada) menos costo de fondo y costo operativo directo. Se excluyen: Ingresos por Planes, gastos de cobranza extrajudicial y recuperos posteriores al castigo.

Ejemplo · configuración 3a + 3b + 4 + 5. Revenue Share 28% del MO Neto; 72% para Junngla. Si el MO Bruto del período es $100M y la Provisión de Mora 5%, el Neto es $95M: el partner recibe $26,6M y Junngla retiene $68,4M. Junngla percibe además íntegros los Ingresos por Planes.

Descuentos sobre la tasa al comercio

Tasa final mensual = MAX( Tasa Piso ; (Tasa Pizarra − descuentos del Partner) × (1 − descuento del plan) )
ConfiguraciónResp. activasDesc. (bps)Tasa post-PartnerTasa final Enterprise
Mínimo (sin aportes)01,99%1,39%
Solo API4−71,92%1,34%
API + Recaudación directa4 + 5−291,70%1,19%
API + Rec. directa + canal4 + 5 + 3a−331,66%1,16%
Aporte total (sin riesgo)3a+3b+3c+4+5−461,53%1,07%
Aporte máximo (con riesgo)2+3a+3b+3c+4+5−581,41%0,99% (piso)

Riesgo crediticio · responsabilidad N° 2

Si el partner la asume, se obliga a liquidar a Junngla el monto íntegro de las cuotas adelantadas de comercios atribuibles, aun con mora del cliente final ante el emisor. No aplica el Fondo de Mora: el Revenue Share se calcula sobre el MO Bruto y la gestión de mora es del partner. Liquidada la cuota, Junngla cede al partner las acciones de cobro (art. 1.901 y ss. CC). El riesgo del comercio mismo (desvío de flujo, falla de PAC, fraude) lo asume siempre Junngla.

Operativa

  • Liquidación mensual. Dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente: reporte con operaciones, MO Bruto y Neto, aporte al Fondo, castigos, saldo y monto a liquidar. Factura del partner en 5 días hábiles; pago en 30 días corridos. Conciliación diaria.
  • Atribución. Por canal de origen (3a/3b/3c), por procesamiento técnico (4/5) o por regla del Anexo A.
  • Integración API (resp. 4). REST sobre HTTPS, OAuth 2.0 + mTLS, esquema canónico Junngla, SLA ≥99,5% mensual, latencia p95 ≤ 500 ms.
  • Derivación (resp. 5). Junngla remite instrucciones a las 09:00; el partner ejecuta y confirma a las 18:00; conciliación al día siguiente.
  • Reajuste anual del Fondo de Mora. Se recalcula la provisión según mora real y se libera el excedente según el split vigente.

Vigencia y término

Duración inicial de 3 años, prórroga automática por períodos de 1 año salvo aviso con 90 días. Término anticipado por mutuo acuerdo, incumplimiento grave no subsanado en 30 días, resolución firme, fuerza mayor superior a 90 días, o sin causa con aviso de 180 días. Terminado el Convenio, se esperan 12 meses (desde el último adelanto) para que el Fondo absorba castigos pendientes antes de distribuir el saldo. Controversias: arbitraje CAM Santiago. Propiedad intelectual de la Plataforma: exclusiva de Junngla.

06 · Términos y condiciones

TyC del comercio · v30.2

Contrato de adhesión entre FLUX y cada comercio. Elaborado conforme a la Ley 18.010, el DL 3.475, el Código de Comercio, la Ley 18.092, la Ley 19.799 y la normativa CMF. Revisión regulatoria: Marinovic & Alcalde Abogados, 7 de mayo de 2026.

El contrato cláusula por cláusula

Cláusula 1 · Aceptación, perfeccionamiento y naturaleza jurídica

Contrato de adhesión mercantil con aceptación electrónica. Las operaciones son créditos de dinero (Ley 18.010); el mandato de la Cláusula 5 recauda acreencias propias de FLUX; consentimiento para el monitoreo transaccional.

Cláusula 2 · MEL y línea de crédito dinámica

Determinación automatizada con datos tributarios y transaccionales; recalificación cada 30 días; causales taxativas de reducción/suspensión; todo incremento del MEL requiere nuevo Pagaré.

Cláusula 3 · Impuesto de Timbres y Estampillas

DL 3.475 sobre el capital efectivamente desembolsado; FLUX informa el monto exacto antes de perfeccionar y actúa como agente retenedor (art. 78 CT). El pago es obligación legal del comercio.

Cláusula 4 · Datos personales y tributarios

Finalidad exclusiva (evaluar MEL y monitoreo), credenciales tokenizadas — nunca texto plano, revocación posible (suspende el MEL, no las obligaciones), sin cesión con fines comerciales, conservación mínima 6 años.

Cláusula 5 · Mandato mercantil irrevocable

Mandato especial, irrevocable y remunerado (arts. 233 y ss. C. de Comercio). Incluye: SVF (5.2), Factor de Continuidad Operativa (5.3) y cascada de recaudación + Ciclo Lups Dunning (5.4).

Cláusula 6 · Costo del financiamiento y TMC

Todos los cargos informados antes de aceptar; verificación automática de la TMC previa a cada desembolso; los gastos de cobranza extrajudicial no integran la TMC.

Cláusula 7 · Limitación de responsabilidad por datos de terceros

FLUX no responde por fallas del adquirente o del SII; si no llega un abono, el comercio tiene 24 horas para avisar por el canal oficial.

Cláusula 8 · RBF y responsabilidad solidaria

El producto es adelantamiento de cuotas predefinidas (Revenue-Based Financing), no prepago de capital (8.1). Vínculo solidario de avales y codeudores sobre el Pagaré suscrito (8.2).

Cláusula 9 · Tarifas, comisiones y costos operativos

Comisión de adelanto, cargo fijo mensual del plan (si aplica) y cargos de cobranza ante incumplimiento; todo visible antes de cada operación.

Cláusula 10 · Comunicaciones, domicilio y jurisdicción

Canal oficial único hola@flux.cl; respuesta en 5 días hábiles; Tribunales Ordinarios de Santiago.

Láminas explicativas para el comercio

Serie de 8 láminas que traducen el contrato a lenguaje simple, sin letra chica.

Nota. Si las láminas no se ven, copia los 8 PNG a web/assets/tyc/ con los nombres tyc-01.pngtyc-08.png.
07 · Modelo de negocio

El motor de una operación de adelanto

Lógica de cálculo de la hoja "cálculo de comisión_V2" (Backlog FLUX), reproducida en Python y validada al centavo (13/13 celdas) el 1 de julio de 2026. Es la base del sistema de operaciones.

08 · Negocio FLUX

Cómo gana dinero FLUX

Comisión sobre el monto adelantado al desembolso; recuperación del capital con el vencimiento de las cuotas. El diferencial entre comisión, costo del capital y mora es el margen operacional.

Estructura de la tasa al comercio

Pizarra · techo
1,99% TNM

Tasa aplicable sin descuentos.

Descuento 1 · adquirente
bps

Según aportes operativos negociados en cada partnership.

Descuento 2 · plan
−30% máx.

Según plan contratado por el comercio (5% a 30%).

Piso absoluto
0,99% TNM

Debajo de eso FLUX no opera.

Promoción vigente. Hasta el 30 de junio de 2026 todos los adelantos se cursan a tasa promocional 0,99% TNM, mantenida hasta la extinción del Pagaré. Desde esa fecha, los nuevos adelantos pasan a la tasa estructural según adquirente y plan.

Adicionalmente: impuesto de timbres 0,066% mensual con tope 0,8% anual (DL 3.475, FLUX agente retenedor); en mora, intereses a TMC. La tasa efectiva anual de todos los cargos siempre cumple la TMC, verificada antes de cada desembolso. Los gastos de cobranza extrajudicial no integran la TMC (art. 19 Ley 18.010).

Planes y matriz de tasas

Los planes son opcionales, se pagan mes a mes y no condicionan el acceso a adelantos. Son ingreso propio y exclusivo de FLUX, excluido del Revenue Share.

PlanMensualidadDesc. sobre tasaSegmento objetivo
Sin plan$0Default · tasa pizarra del adquirente
Básico$16.900/mes−5%Uso ocasional
Pro$49.900/mes−15%Uso frecuente
Enterprise$99.900/mes−30%Comercios grandes · API + ejecutivo dedicado
Adquirente (post-promoción)Sin planBásico (−5%)Pro (−15%)Enterprise (−30%)
Transbank (activo)1,99%1,89%1,69%1,39%
Getnet, Kushki, BCI Pagos, Klap, CompraAquí1,99%1,89%1,69%1,39%

Los descuentos por adquirente se publican al firmar cada partnership (Convenio Marco v1.3).

Margen Operacional · fórmula y ejemplo

MO = Valor recaudado − Amortización capital − Amortización costo de fondo − Costo de recaudación − Provisión de Mora

Operación tipo: cuota de $389.528 × 6 cuotas, 5 adelantadas, tasa promocional 0,99% mensual, tasa al fondo 0,67% mensual (≈8,04% TNA), plazo 5 meses.

Componente al desembolsoDetalleMonto
Total que abonará el adquirente5 cuotas × $389.528$1.947.640
Comisión FLUXDescuento financiero a 0,99% TNM− $56.536
IVA sobre comisión19%− $10.742
Timbres y estampillasDL 3.475 · agente retenedor− $2.314
Valor a adelantar al comercioLíquido en cuenta$1.878.048
Capital solicitado al fondoRespaldo de la operación$1.891.104
ComponenteA · Derivación adquirenteB · PAC bancarioC · Lups Dunning
Valor recaudado$1.947.640$1.947.640$1.996.331
− Amortización capital$1.892.294$1.892.294$1.892.294
− Amortización costo fondo$38.014$38.014$38.014
− Costo de recaudación$0$5.950$42.848
− Provisión de Mora$865$865$865
Margen FLUX$16.467$10.517$22.310
Por qué el margen es mayor en el caso C. El cargo extrajudicial 3% + IVA (art. 19 Ley 18.010) lo absorbe el comercio incumplidor y excede el costo neto de operar la cobranza: el costo de la cobranza extrajudicial recae sobre quien incumple, no sobre el acreedor.

Unit economics

  • Rotación del capital. Plazo promedio ~3,5 meses; el capital se recicla ~3,4 veces al año. El fondo cobra sobre saldo efectivamente desplegado, no sobre el comprometido.
  • Costo del fondo predecible. 8,04% TNA (0,67% mensual); pago at-front, mensual o por transacción.
  • Margen sensible al canal. Entre $10.517 (PAC) y $22.310 (Lups Dunning) sobre capital ~$1,89M. Canal ideal: derivación del adquirente ($16.467).
  • Garantías estructurales. Pagaré ejecutivo, mandato irrevocable, avales solidarios y cascada de cuatro niveles.

Escenarios de adopción (3 años)

Supuestos comunes: cuota promedio $389.528, 5 de 6 cuotas adelantadas (capital $1.878.048), 1,5 adelantos/mes por comercio activo, tasa FLUX 0,99%, tasa fondo 0,67%, Fondo de Mora escalonado 0%/5%/7,5%.

Indicador (3 años)ConservadorBaseOptimista
Penetración año 1 → 2 → 30,3 → 1,0 → 2,0%0,5 → 1,5 → 3,5%1,0 → 3,0 → 6,0%
Volumen colocado acumuladoCLP 149.688 MMCLP 249.480 MMCLP 453.600 MM
Margen operacional brutoCLP 868 MMCLP 1.447 MMCLP 2.631 MM
Fondo de Mora (provisión)CLP 60 MMCLP 101 MMCLP 183 MM
Margen operacional netoCLP 808 MMCLP 1.346 MMCLP 2.448 MM
Importante. Estas cifras agregan el comportamiento del portafolio bajo supuestos comunes y la curva de penetración de cada escenario. No constituyen proyección financiera ni promesa de retorno.
09 · Negocio fondo

El fondo de deuda

La oportunidad para el fondo prestamista: línea de USD 5 millones revolvente, con cesión de derechos económicos sobre la cartera fondeada como garantía.

Estructura del préstamo

VariablePropuesta indicativa
Monto comprometidoUSD 5.000.000 · CLP 4.750.000.000 al TC $950/USD
Tasa mensual0,67% sobre capital efectivamente desplegado
Tasa nominal anual8,04% TNA (0,67% × 12)
EstructuraLínea revolvente · amortizable o bullet según preferencia del fondo
Pago del costo de fondoAt-front · mensual · por transacción
AmortizaciónSegún cobro de cuotas (recomendado) o bullet renovable cada 12 meses
Horizonte modelado60 meses · renovable indefinidamente
GarantíaCesión de derechos económicos sobre cartera FLUX afecta · art. 1.902 CC
ReporteríaDiaria o mensual · saldo cartera, mora, recaudación, métricas de calidad

Los desembolsos se realizan en tramos durante los primeros 24 meses. El fondo cobra solo sobre la porción efectivamente desplegada; la utilización llega al 100% entre el mes 19 y el 26 según escenario.

Renovación y exit. Renovación automática mientras FLUX crece; sin exit forzoso. Cuando la cartera supera USD 5M, el déficit se cubre con fondos secundarios: el fondo principal mantiene el primer USD 5M con derecho preferente, sin dilución.

Tres modalidades de cobro

A · At-front

El costo se cobra al inicio de cada operación, descontado del adelanto. Cash flow inmediato por operación cursada.

B · Mensual

Cargo periódico sobre el saldo desplegado del mes, con liquidación y reportería estandarizada.

C · Por transacción

Alícuota cobrada en cada operación procesada. Visibilidad transaccional total.

Cuenta de barrido

Cuenta intermedia FLUX × Fondo dedicada a la cartera fondeada, donde se reciben todas las liquidaciones del adquirente. Operable por Junngla, banco custodio independiente o trust profesional, según preferencia del fondo.

  • Barrido diario (T+1). Reparto entre servicio del costo de fondo, devolución de capital según MEL recuperado, y capital reciclado para nuevos adelantos hasta el límite.
  • Reportería ajustable. Diaria, semanal o mensual: ingresos, costo devengado, capital amortizado y reciclado, saldo desplegado vs. comprometido, calidad.
  • Modo amortizable inicial. Primeros 6 meses: capital devuelto conforme se cobran las cuotas — visibilidad total durante el ramp-up.
  • Migración a bullet revolvente. Cuando la utilización supera el 80%; decisión del fondo.
Sin caja negra. En el modo por transacción y en el amortizable inicial, el fondo ve entrar y salir el dinero al ritmo del negocio. La cesión de derechos (art. 1.902 CC) se documenta sobre la cartera específica fondeada por la línea, no sobre cartera genérica.

Retorno del fondo · 5 años

IndicadorConservadorBaseOptimista
Ingreso total 5 años (USD)1.503.0001.630.0001.689.000
Capital promedio desplegado (USD)3.738.6334.054.7074.201.542
Utilización promedio74,8%81,1%84,0%
Mes de saturación al 100%Mes 26Mes 23Mes 19
Mora Sin plan / Básico6,0% / 4,5%4,0% / 3,0%2,5% / 2,0%
Mora Pro / Enterprise3,0% / 1,5%2,0% / 1,0%1,5% / 0,75%
Comercios fin Y52.5863.6944.433
Peak cartera FLUXUSD 43,4MUSD 61,9MUSD 74,3M
Ingresos del fondo por año (USD)ConservadorBaseOptimista
Y172.000103.000124.000
Y2226.000320.000358.000
Y3399.000402.000402.000
Y4402.000402.000402.000
Y5402.000402.000402.000
Total 5Y1.503.0001.630.0001.689.000
Convergencia post-saturación. En Y3–Y5 los tres escenarios convergen a ~USD 402K anuales (8,04% sobre USD 5M) porque el fondo está saturado. La diferencia se concentra en Y1–Y2, durante el despliegue progresivo.

Riesgos y mitigaciones

Riesgo crediticio del consumidor — NO asumido

En el M4P (Resolución TDLC 86/2025) recae estructuralmente sobre el Emisor. Documentado en contratos Emisor↔Tarjetahabiente, Emisor↔Adquirente y reglamentos de marcas.

Mora de la cartera FLUX

Fondo de Mora como capa previa, provisión escalonada 0%/5%/7,5% según participación del adquirente, ajustada a mora real en ventana móvil de 12 meses.

Riesgo operativo del comercio

Devoluciones, contracargos, anulaciones o fraudes: el comercio sigue siendo deudor; el MEL incorpora la frecuencia de eventos (baja hasta cero); las comisiones ganadas no se devuelven.

Concentración en Enterprise

~65% de la cartera en Y5 (base), pero estructuralmente más segura: mora modelada 1% vs 4% de Sin plan.

Saturación temprana

En el optimista, la línea se satura al mes 19 — positivo: intereses recurrentes desde Y2. Exceso de demanda → fondos secundarios sin diluir al principal.

Riesgo regulatorio

Ley 18.010 y cesión art. 1.902 CC, regímenes consolidados; no sujeto a la restricción SAG (CS Rol 56.773-2024). Estructura revisada por Marinovic & Alcalde.

Garantía ante default de FLUX

La cesión de derechos económicos da al fondo acceso directo a los flujos de recaudación de las cuotas adelantadas, sin procedimientos concursales sobre Junngla SpA.

10 · Memo para Fondos

Deal Memo · Fondo Deuda v2

Documento completo preparado para inversionistas potenciales · ticket de referencia USD 5.000.000 · junio 2026 · confidencial.

11 · Negocio adquirente

Por qué le conviene al adquirente

El adquirente participa de hasta el 40% del Margen Operacional sin poner capital, fideliza a sus comercios y mejora su propuesta de valor — regulado por el Convenio Marco v1.3.

La propuesta en cuatro líneas

  • Ingreso nuevo sin capital. El partner no financia: FLUX y el fondo ponen el capital. El adquirente gana Revenue Share por aportes operativos (hasta 40% del MO Neto).
  • Comercios más fieles. Un comercio con liquidez adelantada por su procesador tiene menos incentivos a migrar. La venta en cuotas deja de ser un dolor.
  • Tasa más competitiva para sus comercios. Cada responsabilidad asumida baja la tasa (hasta −58 bps): la oferta del adquirente mejora frente a la competencia.
  • Sin riesgo regulatorio. Con adquirentes NCG 541 el revenue share es válido (no son SAG). FLUX es el acreedor directo; el partner no es parte del Pagaré.

Qué puede aportar y cuánto gana

Aporte del adquirente% margenBaja de tasaQué implica
3a · Base de comercios+3%−4 bpsLead source del portafolio propio
3b · Distribución activa+5%−7 bpsEquipo comercial ofrece FLUX
3c · Onboarding y soporte N1+4%−6 bpsAlta y primer nivel de atención
4 · Integración API+5%−7 bpsData transaccional en línea (REST, OAuth 2.0 + mTLS)
5 · Recaudación directa+15%−22 bpsDeriva liquidaciones a FLUX (archivo 09:00 / confirma 18:00)
2 · Riesgo crediticio+8%−12 bpsLiquida a todo evento; sin Fondo de Mora, RS sobre MO Bruto

Configuración típica (3a + 3b + 4 + 5): Revenue Share 28% del MO Neto. Liquidación mensual dentro de los primeros 10 días hábiles, factura a 5 días, pago a 30, conciliación diaria.

Fondo de Mora según participación

Adquirente a todo evento
0%

Asume el riesgo crediticio operativo · sin provisión FLUX.

Riesgo compartido
5%

Comparte el riesgo en proporción del Revenue Share.

Sin participación
7,5%

FLUX standalone provisiona el porcentaje completo.

Marca

Co-brand (6a, −3% margen): "Powered by FLUX" en la experiencia del comercio. Marca silenciosa (6b, −8%): FLUX invisible al comercio; requiere validación regulatoria adicional. Son excluyentes entre sí.

Qué pide FLUX

  • SLA de API ≥ 99,5% mensual, latencia p95 ≤ 500 ms, esquema canónico Junngla.
  • Derivación de liquidaciones con confirmación diaria y conciliación T+1.
  • Convenio a 3 años con prórroga automática anual; arbitraje CAM Santiago.

El detalle contractual completo está en Contrato adquirente; el modelo de intercambio de datos, en Integración adquirente.

12 · Integración adquirente

Modelo de integración de datos

Qué información intercambian FLUX y el adquirente en cada proceso: alta de comercio, operación diaria, derivación y conciliación — con el ciclo completo de una venta en 12 cuotas.